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Tribunal señorial - derecho feudal -

Tribunal señorial , en derecho feudal, tribunal a través del cual un señor ejercía jurisdicción sobre sus inquilinos. El tribunal señorial estaba presidido por el mayordomo o senescal, y era allí donde se nombraban a varios funcionarios, como el reeve, que actuaba como supervisor general, y el henward, que vigilaba las cosechas y llevaba a los infractores al tribunal. Los inquilinos fueron castigados y a menudo obligados a pagar multas por sus delitos; el tribunal señorial proporcionó al señor una conveniente fuente de ingresos. A través del tribunal, los inquilinos también registraron transacciones de tierras entre ellos, cuando esto estaba permitido, y se rindieron o asumieron propiedades bajo el mando del señor. Los tribunales señoriales declinaron en el siglo XVII y, en general, quedaron obsoletos en el siglo XVIII. Véase también barón de la corte.

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